En abril hay tres días festivos obligatorios de pago, lo que suele generar dudas entre empleados y empleadores sobre el método correcto de remuneración y las condiciones aplicables a su trabajo.
Los primeros días festivos corresponden a la Semana Santa: jueves 2 de abril y viernes 3 de abril. A esto se suma el sábado 11 de abril, día en el que se conmemora la gesta heroica de Juan Santamaría en la Batalla de Rivas.
Estas tres fechas se consideran feriados de pago obligatorios de conformidad con el artículo 148 del Código del Trabajo.
¿Cómo se pagan estas vacaciones?
Para las personas que reciben un salario mensual o un anticipo quincenal, el pago de vacaciones ya está incluido en su salario regular.
Mientras que en Para las personas con salario semanal, se deben tomar en cuenta las vacaciones como parte del pago de la semana siguiente.
Aunque la normativa establece que no se permite trabajar durante los días festivos, existen excepciones.
Actividades como el turismo, el comercio o los servicios prestados en el extranjero normalmente requieren continuidad del negocio, por lo que es posible que los empleados deban trabajar esos días.
En estos casos, el empleador tiene que pagar el doble de las vacaciones. Esto significa que quienes ganan un salario mensual deben recibir un pago adicional, mientras que quienes ganan semanalmente deben recibir el doble de su salario diario.
¿Qué pasa si se trabajan horas extras? Si las horas extraordinarias se realizan en días festivos, éstas deberán pagarse al triple de su importe, es decir, al triple del valor de la hora habitual.
Este año, la ley no prevé ningún aplazamiento de estas vacaciones, por lo que deberán disfrutarse exactamente en las fechas correspondientes.