Los integrantes de la Comisión Jurídica resolvieron por mayoría este miércoles el expediente número 24.815 permitiría a los deudores de alimentos salir del país sin tener que hacer pagos anticipados, como está sucediendo hoy.
Se trata de un proyecto de ley presentado en 2025 por el diputado de Nueva República Fabricio Alvarado.
La iniciativa reforma el artículo 261 del Código Procesal de Familia para añadir una excepción a la restricción migratoria que ahora están obligados a cumplir todos los deudores de alimentos Si deseas salir del territorio nacional por cualquier motivo, pagas con 14 meses de antelación.
“Esta restricción, a la que no se aplican excepciones, en muchos casos representa un obstáculo para la salida del deudor y ha resultado, por ejemplo, en que muchos de ellos no tengan acceso a intervenciones médicas que sólo están disponibles fuera de Costa Rica, poniendo en peligro su salud, su calidad de vida e incluso su vida misma”.
«En otros casos, los trabajadores de servicios de alimentación han perdido oportunidades laborales porque tuvieron que desempeñar una tarea o responsabilidad fuera del país. Otros se han visto impedidos de acogerse a una beca de estudios o capacitación en el extranjero debido a la arbitrariedad de esta normativa», explicó Alvarado meses atrás.
El texto de la sentencia estipula que el deudor puede solicitar al tribunal de alimentos autorización temporal para salir de Costa Rica Motivos de trabajo, estudio, salud, vacaciones o enfermedad grave o fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad establecida en otro país.
Para lograrlo, el solicitante debe Estar al día con el pago de la obligación alimentaria. y haberlos cumplido ininterrumpidamente durante al menos dos años desde su introducción.
La reforma propuesta eliminaría el requisito de pagar por adelantado siempre que el tribunal lo permita.
El proyecto será presentado al pleno para su discusión y votación final.