abril 19, 2025
Sucesos

El juez desestima una nueva petición relacionada con delitos organizados.

  • abril 9, 2025
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El 3 de abril, el juez penal Fabián Rodríguez tomó la decisión de rechazar una nueva solicitud de declaración de delitos organizados presentada por el Ministerio Público en

El juez desestima una nueva petición relacionada con delitos organizados.

El 3 de abril, el juez penal Fabián Rodríguez tomó la decisión de rechazar una nueva solicitud de declaración de delitos organizados presentada por el Ministerio Público en el contexto del Caso de Diamantes. Esta resolución fue oficialmente notificada a las partes involucradas el día martes y fue emitida por el Tribunal Penal de Finanzas del Segundo Ciclo Judicial de San José.

Es pertinente recordar que el 10 de febrero, ya se había emitido una declaración similar, según el expediente Voice 052-2025. Este pronunciamiento surgió tras un error cometido por un juez que utilizó información de un caso distinto, incorporando elementos de homicidio y aborto, crímenes que no tienen relación alguna con el asunto de Diamond.

Falta el razonamiento

En esta reciente resolución, el juez Rodríguez Espinoza hizo énfasis en la ‘falta de fundamento’ de lo que se necesitaba. En su argumento, explicó que el Ministerio Público había presentado un documento el 21 de febrero de 2025, solicitando dos aspectos fundamentales: «Se conoce la solicitud de la declaración del crimen organizado de diciembre de 2020».

«Hay una base cero del requisito, es decir, no se argumenta la relevancia que tiene el Ministerio Público, ni la prueba que existe en la actualidad, y, sobre todo, como puede una solicitud de diciembre de 2020 tener consecuencias sobre lo que sucede en febrero de 2025», señala el juez.

El magistrado subraya que estos puntos son sumamente relevantes para entender la solicitud presentada por el Ministerio Público, «especialmente dado que es un tema controvertido y muy publicitado, lo que lleva a que la entidad ministerial tenga que proporcionar información veraz y de calidad para evaluar su solicitud, algo que evidentemente no se ha presentado».

El juez mencionó la falta de sustentación del Ministerio Público en la nueva solicitud.

Efectos retrospectivos

Un aspecto adicional mencionado por el juez se relaciona con el tiempo que ha transcurrido desde la presentación de la apelación, que ya supera los tres años. Recordemos que, cuando este caso fue ampliamente discutido en los medios, los abogados defensores de los seis alcaldes implicados (en ese entonces) presentaron recursos de apelación en noviembre de 2021 contra la resolución que clasificó el caso como una cuestión de crimen organizado.

Sin embargo, el tribunal solo se pronunció en febrero de 2025, es decir, tres años y dos meses después de la presentación de esos recursos. La resolución de abril establece: «Por lo tanto, como se indicó anteriormente, las consecuencias de la declaración del crimen organizado han llevado a una serie de efectos procesales, de tal forma que la declaración de hoy, con los efectos de la anterior resolución, ha sido anulada».

El juez añadió que las repercusiones derivadas de la declaración del crimen organizado han cesado, haciendo imposible hoy en día categorizar este asunto como un crimen organizado con efectos retroactivos. «Esta posibilidad resulta inconstitucional e inapropiada, ya que perjudicaría el debido proceso y el derecho a la defensa; es complicado para un acusado defenderse ante consecuencias procesales que se aplican a hechos del pasado», explicó el juez. «Además, al momento de presentar la solicitud para declarar delitos organizados en diciembre de 2020, se trataba de aspectos normativos que actualmente han variado, y no se ha argumentado suficientemente este punto en particular; reitero que se está tratando de una solicitud que tiene más de 4 años de antigüedad», agregó Rodríguez.

El juez penal apuntó que la posibilidad de solicitar una nueva declaración por delitos organizados para el caso sí es viable, pero «deberá contener una argumentación renovada, distinta a las solicitudes presentadas en diciembre de 2020, ya que las circunstancias han cambiado y se necesita presentar una nueva solicitud que justifique la necesidad y presente información actualizada».

¿Qué pasa con la prueba?

La resolución aclara que esta decisión no cierra el proceso como tal, lo que significa que en este contexto «no puede emitirse una absolución definitiva para el acusado». En relación con la validez de las grabaciones telefónicas, que están respaldadas por la declaración de delitos organizados, «aunque los recursos de apelación relacionados con las intervenciones telefónicas están pendientes de resolución por parte del Tribunal Penal, esta decisión no interfiere con la tramitación de los recursos de apelación que han sido planteados», manifestó el juez.

El abogado Alfonso Ruiz, quien defiende al exalcalde de San José, Johnny Araya, comentó que después de la negativa a las dos solicitudes anteriores por parte del Ministerio Público y considerando esta nueva petición, no existe una resolución que confirme la calificación del caso. «No hay una resolución que establezca el Caso Diamante como un crimen organizado, aunque puede cambiar si el Ministerio Público toma las acciones adecuadas y si se dan ciertos intentos que formulará la defensa», analizó.

El arresto de seis alcaldes en noviembre de 2021 por parte de la Agencia de Investigación Judicial (OIJ) y la Oficina del Fiscal de Transparencia y Anticorrupción fue motivado por la sospecha de que existía una red que beneficiaba a ciertos contratistas de construcción en el ámbito de proyectos municipales. De los seis alcaldes acusados, actualmente solo Mario Redondo de Cartago permanece en funciones. Los otros acusados son: Johnny Araya Monge, de San José; Mario; Alfredo Córdoba Soro, de San Carlos; Humberto Soto Herrera, de Alajuela; Arnoldo Barahona Cortés, de Escazú, y Alberto Cole de Osa. Las acusaciones por parte del fiscal apuntan a que estos funcionarios han preferido adjudicar contratos de obras públicas a determinadas empresas en proyectos de infraestructura y conservación de carreteras.