San José, June 26 (Elpais.cr) – The Supreme Court of Elections (TSE) of Costa Rica hosted a call for electoral protection against President Rodrigo Chaves Robles and ordered him to refrain from intervening in the 2026 election process, considering that his behavior violated the heritage of the democratic competition and the fundamental rights related to the fundamental rights related to the fundamental rights related to the fundamental rights related to Los derechos fundamentales.
Resolución no. 4259-E1-2025, emitido por unanimidad por los magistrados electorales por unanimidad, declara con el sitio el llamado presentado por el politólogo Claudio Alpízar Otoya Electorado en general.
Según el tribunal, el presidente «se aprovechó ilegalmente de su investidura y la preponderancia de su imagen» para favorecer un programa político específico, lo que significó una ventaja ilegal que rompe los principios de equidad y neutralidad que deben gobernar todos los procesos electorales. Este comportamiento, determinó el cuerpo electoral, afecta negativamente las propuestas de otras partes que se postulan como alternativas de oposición.
Lesión a la libertad de sufragio
En su pronunciación, el TSE sostiene que los derechos de la autodeterminación del votante (sufragio activo) y para participar como candidato para los igualdad de condiciones (sufragio pasivo) fueron violados por el presidente.
El fallo enfatiza que «la responsabilidad legítima de los ciudadanos en las acciones del gobierno no requiere las manifestaciones específicas y repetidas en las que se muestra que la intención de la gente es una posición política y electoral específica».
Es decir, el tribunal diferencia entre la función de información del ejecutivo y la propaganda encubierta a favor de un proyecto político. En este caso, los magistrados consideraron que el presidente superó los límites constitucionales y legales, construyendo una «narración» en beneficio de una fuerza política concreta, en detrimento del pluralismo y la neutralidad.
Restricciones a las manifestaciones futuras
Como medida correctiva, el fallo establece que el presidente debe abstenerse de cualquier acto o demostración que afecte la libre decisión del electorado o que favorece o daña a los partidos, nominaciones, tendencias o movimientos políticos que participen en las elecciones de febrero de 2026.
Aunque la resolución no establece sanciones punitivas, es una advertencia formal que busca evitar la repetición de comportamientos similares en el futuro.
«La declaración con un lugar de una elección de AMPARO no impone sanciones penales o administrativas, pero reconoce las violaciones de los derechos fundamentales y las órdenes de protección emitidas», explicaron del tribunal.
No es una oración por beligerancia política
Aunque el término «beligerancia política» se ha utilizado en el debate público para referirse a este caso, el TSE aclaró que este concepto es legalmente diferente de lo que se ventila en los amparos electorales.
El objetivo del llamado es establecer si se ha violado un derecho político y electoral fundamental, no determinar si el presidente incorporó beligerancia política, que se analiza en otros archivos aún en proceso.
Por lo tanto, el fallo no implica un avance en los criterios de las causas en espera de la supuesta participación del presidente en la política electoral, aclararon los magistrados.
Un fracaso en las tensiones institucionales
La resolución del TSE ocurre en un contexto de confrontación creciente entre la rama ejecutiva y otros organismos del estado costoso. En las últimas semanas, el presidente Chaves ha intensificado sus críticas a la oficina del fiscal, la Corte Suprema de Justicia y el Congreso, acusándolos de dificultar sus propuestas de gobierno.
A su vez, los líderes de estos poderes han expresado su preocupación por lo que perciben como una deriva autoritaria del presidente.
El fallo también llega unos días después de que la fiscalía acusó a Chaves y seis altos funcionarios y agentes oficiales por presuntos fondos ilegales de la campaña electoral de 2022. La Corte Suprema de Justicia debe resolver si le pide a la Asamblea Legislativa que retire la jurisdicción de los involucrados, para avanzar con un posible proceso penal.
¿Chaves buscan un futuro asiento?
Aunque Rodrigo Chaves no puede optar por la reedición presidencial, prohibido por la Constitución de Costa Riquana, en los círculos políticos, se especula la posibilidad de liderar el voto legislativo para su partido oficial en 2026.
La resolución TSE refuerza la esperanza de que su participación activa en la campaña pueda estar sujeta a nuevas acusaciones si no se ajusta a los límites establecidos por la Autoridad Electoral.
A pesar de la controversia, el presidente conserva un apoyo significativo en los sectores electorado, gracias a su estilo confrontado y un discurso de mano duro contra lo que él describe como «grupos declarados».
Su objetivo declarado es lograr una mayoría calificada en la Asamblea Legislativa que les permita promover reformas estructurales, algunas de las cuales han llevado a alarmar en organizaciones sociales, sindicatos y defensores de derechos humanos.
Mensaje institucional y garantías democráticas
Con este fallo, la Corte Suprema de las elecciones reafirma su papel como garante de la equidad electoral y el respeto por el estado de derecho. La jurisprudencia del organismo electoral, construido durante más de una década, establece que existen límites claros en la acción política de quienes ocupan un cargo público, especialmente cuando su inversión puede influir desproporcionadamente en la opinión pública.
«Hay mensajes que, debido a su contenido, intensidad, reiteración y el perfil de aquellos que los emiten, afectan los derechos fundamentales de los ciudadanos a un sufragio libre», dijo el TSE, enfatizando que no todos los pronunciamientos públicos del gobierno constituyen el beligerante político, pero puede cruzar el Threshold of the Inspirable si compromete la Equidad neta del proceso electoral.
En una democracia consolidada, como la costa rica, donde los saldos entre los poderes son esenciales, esta oración representa un llamado a la atención a la necesidad de mantener la neutralidad institucional en los contextos electorales. La pronunciación fortalece las garantías del juego democrático en un momento en que la polarización amenaza con difuminar los límites entre el servicio civil y la propaganda política.