Diputados suprimen las penas de prisión para periodistas por calumnias e injurias
– Reporte Tico
febrero 4, 2026
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Durante los dos primeros días del período ordinario de sesiones, se han aprobado 16 proyectos de ley en segunda lectura. La mayoría de ellos son aquellos que no
Durante los dos primeros días del período ordinario de sesiones, se han aprobado 16 proyectos de ley en segunda lectura. La mayoría de ellos son aquellos que no fueron convocados por el gobierno en reuniones extraordinarias -entre noviembre y enero-.
Uno de ellos es el expediente 24.185 denominado Ley de Libertad Periodística, que deroga los artículos 7 y 8 de la Ley de Prensa.
El martes los diputados por unanimidad dieron otro debate y ahora sólo falta la firma del Presidente de la República para que comience.
Esta ley impide que periodistas o comunicadores reciban penas de prisión por delitos de honor, como difamación, injurias o publicaciones que sean consideradas subversivas.
La propuesta fue presentada por Gilberto Campos, del Partido Progresista, a favor de la libertad de expresión y fue aprobada en primer debate el 31 de octubre del año anterior.
La aprobación elimina el artículo 7 de la Ley de Prensa, que encarcela a periodistas por delitos contra el honor, «que todavía se utiliza hoy para intimidar a los medios», dice el PLP.
Campos fue claro en que esta ley «intenta frenar una grave injusticia contra los profesionales de la comunicación».
«A partir de hoy, cualquiera que ejerza la libertad de prensa podrá hacerlo sin temor a que la Ley de Prensa sea utilizada como elemento disuasorio para impedir su publicación», afirmó.
Actualmente, la ley impone penas de prisión de entre 1 y 120 días por delitos de honor. Asimismo, impone sanciones a quienes, a través de publicaciones, intenten socavar el orden o cambiar las relaciones amistosas con cualquier Estado.
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