noviembre 10, 2025
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¿Por qué el TSE rechaza candidatos porque no cumplen con requisitos que no están contemplados en la Constitución? – Reporte Tico

  • noviembre 10, 2025
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Los requisitos para ser representante en Costa Rica están establecidos en el artículo 108 de la Constitución Política solo tres: ser un ciudadano practicante; Costarricenses por nacimiento o

¿Por qué el TSE rechaza candidatos porque no cumplen con requisitos que no están contemplados en la Constitución?

 – Reporte Tico

Los requisitos para ser representante en Costa Rica están establecidos en el artículo 108 de la Constitución Política solo tres: ser un ciudadano practicante; Costarricenses por nacimiento o por naturalización con residencia en el país por 10 años después de obtener la ciudadanía y cumplir 21 años.

Sin embargo, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) anunció la semana anterior que Rechazo de 96 solicitantes presentarse por cuestiones relacionadas con el incumplimiento paridad o presente biografías y fotografías, Requisitos que no están contenidos en la Constitución sino en la ley electoral.

¿Como?

Primero, es importante entender que muchas de estas reformas incluyen estos requisitos bastante nuevo.

De hecho, el TSE reguló estos cambios para las próximas elecciones, aunque algunos ya habían sido integrados para las presidenciales de 2022 y las locales de 2024.

El otro punto importante es que hasta que la Sala Constitucional diga lo contrario, el Tribunal Supremo Electoral tiene competencia tiene el deber de cumplir y hacer cumplir estas reglas.

“Quien tiene que aplicar la norma no puede dejar de hacerlo, la norma es un mandato, y mientras no haya otra orden, en este caso de la Sala Constitucional, lo que existe es un mandato de la norma”.

«En segundo lugar, nuestra interpretación es que en estos casos no es el candidato como tal quien no cumple con el requisito, sino el partido que no entrega esa información o no cumple con estos requisitos, como ocurre, por ejemplo, con la cuestión de la paridad. Entonces realmente no es la persona la que rechaza esta candidatura, sino el partido», explicó Juan Luis Rivera, coordinador jurídico del TSE.

Rivera reconoció que, hasta donde ella sabe, estas reformas no han sido impugnadas ante la Sala Constitucional, por lo que no existe precedente ni deliberaciones de los jueces constitucionales al respecto.

El propio tribunal informó que ya habían rechazado el actual proceso electoral 69 candidaturas al cargo de diputado para preguntas sobre biografías y fotografías y que actualmente sus jueces están tramitando dos apelaciones.

También se presentaron dos recursos más en 2021 y 2022, pero fueron desestimados.