octubre 8, 2025
Sucesos

Abogado de Chaves: pedido de inmunidad del TSE es ‘absolutamente inconstitucional’ – Reporte Tico

  • octubre 8, 2025
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El abogado del presidente Rodrigo Chaves, José Miguel Villalobos, defiende que no es procedente el pedido de levantamiento de inmunidad presentado al Congreso esta semana por el Tribunal

Abogado de Chaves: pedido de inmunidad del TSE es ‘absolutamente inconstitucional’

 – Reporte Tico

El abogado del presidente Rodrigo Chaves, José Miguel Villalobos, defiende que no es procedente el pedido de levantamiento de inmunidad presentado al Congreso esta semana por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) “Completamente inconstitucional”.

En una entrevista con .comEl abogado defensor aseveró que el máximo órgano electoral “no tiene autoridad” para castigar al presidente por beligerancia política ni para exigir el levantamiento de la inmunidad por este delito.

“La quita de competencia sólo aplica para casos penales, por lo que este pedido del Tribunal Supremo Electoral es absolutamente inconstitucional”, dijo.

Para Villalobos, la simple solicitud ya es un “intento de violar la constitución política”. Los diputados lo verán cuando escuchen al Presidente.

«Creo que hay defectos de forma y de fondo. Deficiencias de forma esencialmente porque, según nuestra constitución política, que es la ley normativa fundamental, ninguna autoridad tiene la facultad de sancionar al Presidente de la República en casos de beligerancia, y lo digo porque el artículo 102, inciso 5, establece que el tribunal puede sancionar a los funcionarios por beligerancia e incluso destituirlos, pero en el caso del Presidente, los Diputados, dice el ministro: jueces y consulares. Los ministros se limitarán a enviar el expediente al Congreso.

«Así que veamos si el Congreso tiene jurisdicción sobre las sanciones por beligerancia. El otro error formal es que si el tribunal le pide que elimine la jurisdicción sobre los casos de beligerancia, no hay manera de eliminar la jurisdicción sobre los casos de beligerancia porque la eliminación de la jurisdicción se refiere sólo a aspectos penales y la beligerancia política no es un delito penal. Ésas son las fallas formales que tienen fallas sustantivas que tienen que ver con el hecho de que los casos, según el “La investigación preliminar del tribunal, que podría implicar una agresión política, es ridícula”, afirmó.

A Villalobos se le preguntó que la propia ley electoral prevé específicamente el pedido de inmunidad para el presidente y otros dirigentes, pero insistió en que la norma no especifica qué sucederá a continuación.

“El artículo 270 de la Ley Electoral simplemente establece que la Corte remitirá la solicitud de renuncia de competencia al Congreso, pero no especifica por qué, ni la Ley Electoral otorga a la Corte competencia para imponer una sanción por beligerancia contra el Presidente, ni la delega en el Congreso”.

«O sea, el Congreso lo entiende y no puede hacer nada con eso porque no puede quitar competencia porque la Constitución limita la capacidad de quitar competencia para someter al presidente a casos penales, lo que pasó hace unas semanas genera sanciones y no es eso», dijo.

Los líderes de los grupos parlamentarios decidirán este jueves el siguiente paso del proceso.